.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2013
 
año:2005
 
institución:CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
 

10 resultados encontrados en 31 ms. Página 1 de 2
Descargar    Expandir/Colapsar
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03053 21 de marzo del 2013 DCA-0674 Señor Erick Sánchez Cervantes Proveedor Institucional Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato para la contratación siete encuentros y cuatro campamentos de capacitación y recreación por los derechos de las personas jóvenes con discapacidad (Línea 5), suscrito entre el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona y Total Events S.A, producto de la Licitación Pública No. 2012LN- 000019-00100, por un monto de ¢187.000.000. Nos referimos a su oficio sin número de fecha 24 de enero del 2013, recibido en esta Contraloría General el 28 de enero del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato suscrito en el asunto. Este órgano contralor requirió información adicional, la cual fue atendida por la Administración mediante oficio No. PI-016-2013, No. PI-024-2013 oficio No. PI-028-2013. Una vez efectuado el estudio de rigor, y de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente refrendado el contrato condicionado a lo siguiente: a. Se advierte que la razonabilidad del precio pactado es un aspecto que no se aborda en el refrendo, sino que queda bajo la absoluta y exclusiva responsabilidad de esa Administración, por así disponerlo el artículo 9 del actual Reglamento sobre el refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. De igual forma resulta de aplicación lo indicado en el citado artículo cuando dispone: “Corresponde a la Administración y al contratista garantizar, según sea el caso, el cumplimiento de los permisos, licencias, estudios y en general cualesquiera otros requisitos previstos en el ordenamiento jurídico para la ejecución del objeto contractual, sin q ...
Fecha publicación: 02/04/2013
Fecha emisión: 21/03/2013
Documento: 03053-2013.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2013


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 01349 7 de febrero de 2013 DCA-0301 Señor Erick Sánchez Cervantes Proveedor Institucional Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, el contrato No. CPJ-007-2012 (UPPJ) suscrito entre Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven y Consorcio Vélez- Sanabria, para la contratación de dos cursos de capacitación en autonomía, movilidad, recreación, y artes a la población con discapacidad visual y dos giras recreativas, por un monto de ¢12.595.000, producto de la Licitación Pública 2012LN-000019-00100. Nos referimos a su oficio sin número de fecha 24 de enero del 2013, recibido en esta Contraloría General de la Republica el pasado 28 de enero, mediante el cual solicita refrendo al contrato CPJ-007- 2012 (UPPJ) descrito en el asunto. I. Antecedentes: De conformidad con el expediente administrativo aportado, se observa que la contratación se origina en la Licitación Pública 2012LN-000019-00100 promovida para la contratación de una persona física o jurídica que realice la organización y ejecución del proyecto oportunidades de capacitación y recreación, para personas jóvenes con discapacidad. (Folios 66 al 39 del expediente administrativo). Asimismo, se observa que el procedimiento concursal se adjudicó, en cuanto al ítem 3, al Consorcio Vélez- Sanabria por un monto de ¢12.595.000 (Folios 694 al 693 y 699 del expediente administrativo). Por otra parte, en el contrato No. CPJ-007-2012 (UPPJ) suscrito el 19 de diciembre del 2012 entre el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven y el Consorcio Vélez- Sanabria, en la cláusula décimo sexta “Estimación del Contrato” se indica: “Se estima el presente contrato para efectos fiscales en la suma de ¢12.595.000,00 (doce millones quinientos novent ...
Fecha publicación: 12/02/2013
Fecha emisión: 07/02/2013
Documento: 01349-2013.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2013


R-DCA-065-2013 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del cuatro de febrero del dos mil trece.----------------------------------------------------- Recursos de apelación interpuestos por el Consorcio Rocío López Masís y otros y el señor Jerry Campos Monge, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2012 LN-000019-00100, promovida por CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN, para la contratación de 16 cursos de capacitación en exigibilidad de derechos para personas jóvenes con discapacidad (línea 1), recaído a favor de Ivonne Cerdas Pérez por un monto de ¢33.600.000.------------- I.-El Consorcio Rocío López Masís y el señor Jerry Campos Monge, interpusieron recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la línea No 1 de licitación indicada, por cuanto consideran que sus propuestas pueden resultar adjudicadas del concurso y adicionalmente señalan que existen incumplimientos en la oferta de la empresa readjudicataria.--------------------------------------------------------- II.- Mediante auto de las nueve horas del veintidós de noviembre de noviembre de dos mil doce, se solicitó el expediente a la Administración, el cual fue presentado mediante el oficio No PI-103-12 el día 23 de noviembre de este año. ------------------------------------------------------------------------------------------- III.- Mediante auto de las diez horas del treinta de noviembre de 2012, se confirió audiencia inicial a la Administración y a la adjudicataria, la cual fue contestada, mediante escritos agregados al expediente de apelación..------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- IV. Mediante auto de las doce horas del dieciocho de diciembre del año dos mil doce, se confirió audiencia especial a las partes apelantes para que se refirieran a las manifestaciones ...
Fecha publicación: 07/02/2013
Fecha emisión: 04/02/2013
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Año: 2013


1 2 Sr. Gregorio Segura Coto 18 de junio, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No.14986 18 de noviembre, 2005 DI-AA-2796 MBA Tatiana Mora Alpízar Directora Ejecutiva Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven Apartado 7-0390-1000 San José Estimada señora: Asunto: Referendo de contrato suscrito entre el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven y Purdy Motor S.A. (Licitación Pública No. 2-2005) En atención a su oficio D.E. 267-2005 del 9 de noviembre, devolvemos con el refrendo de mérito el contrato de la referencia para la compra con canje de cinco vehículos tipo pick up, sujeto a la disposición de presupuesto suficiente para hacer frente a la obligación. Con respecto a la cláusula décima sétima del contrato, sobre la aplicación de la legislación sobre resolución alterna de los conflictos, de conformidad con el numeral 18 de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, el arbitraje es de carácter potestativo y sólo podrán someterse a éste las controversias de orden patrimonial, y deberá considerarse lo dispuesto en el numeral 27 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública. Bajo estas limitaciones legales debe entenderse y eventualmente aplicarse la cláusula décima sétima. Atentamente, Lic. Adrián Leitón Zúñiga Fiscalizador Asociado Anexo: un expediente ALZ/lmu ci Archivo Central Ni: 26917, 2005007508 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 21/11/2005
Fecha emisión: 18/11/2005
Documento: 14986-2005.doc
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2005


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos FOE-EC-418 2 3 de octubre, 2005 División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Al contestar refiérase al oficio Nº 12336 3 de octubre, 2005 FOE-EC-418 Máster Tatiana Mora Alpízar Directora General CONSEJO NACIONAL DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN Apartado 7-0390, San José Estimada señora: Asunto: Revisión de la liquidación del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven al 31 de diciembre de 2004. Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 11 y 184 de la Constitución Política de la República, 11, 17 y 19 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7428, y otras leyes conexas, se ha procedido a revisar la liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio económico del año 2004, presentada por el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, con el oficio Nº DE-063.2005 de 9 de marzo del año en curso. La revisión se efectuó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, con la técnica que rige la materia y las directrices emitidas por la Contraloría General de la República, en uso de sus competencias. Es importante dejar claro que esta revisión se realiza selectivamente sobre los documentos aportados, por lo que no debe considerarse como una aprobación o visto bueno sobre lo actuado por ese ente u órgano, ni limita a esta Contraloría General a realizar revisiones en el futuro con base en sus potestades de fiscalización superior. Los resultados se fundamentan en la información aportada por esa entidad, en el entendido de que se establecieron por parte de esa administración las medidas pertinentes para garantizar su veracidad. Como parte de la revisión realizada a los documentos remitidos a esta Contraloría General se determinó lo sigu ...
Fecha publicación: 02/10/2005
Fecha emisión: 29/09/2005
Documento: 12336-2005.doc
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: OTROS OFICIOS RELACIONADOS CON LIQUIDACIONES PRESUPUESTARIAS
Proceso: FISCALIZACION DE LA LIQUIDACION PRESUPUESTARIA
Año: 2005


PAGE 7 R-DAGJ-458-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del veintiséis de julio de dos mil cinco.----------------------------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Agencia Datsun S.A. y Automotores Superiores S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública 2-2005, promovida por el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven para la compra de siete vehículos con canje y una motocicleta.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Agencia Datsun S.A. y Automotores Superiores S.A. interpusieron recursos de objeción mediante sus escritos presentados ante esta Contraloría General el 11 de julio de 2005.----- II. POR CUANTO: Mediante el auto de las 9:00 horas del 14 de julio de 2005, la División de Asesoría y Gestión Jurídica, confirió audiencia especial a la Administración respecto del recurso interpuesto, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos del objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación.-------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Presidente del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven atendió la audiencia conferida mediante su escrito de 19 de julio de 2005.------------------------ IV. POR CUANTO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación o evitar que se confieran ventajas a unos oferentes en perjuicio de otros; todo ello en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. De manera que, mediante la interposición de este recurso, los potenciales oferentes ayudan a la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones; por ello son de import ...
Fecha publicación: 30/07/2005
Fecha emisión: 27/07/2005
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2005


PAGE 2 R-DAGJ-399-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del cinco de julio del dos mil cinco-------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por la empresa Automotores Superiores S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública 1-2005 promovida por el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven- Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes para la compra de 7 vehículos con canje y una motocicleta.------------------------------------------------------------------------------------- II.- POR CUANTO: El Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven- Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes promovió la Licitación Pública 1-2005, la cual fue publicada en la Gaceta Nº 109 del 7 de junio del 2005.----------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO.- Automotores Superiores S.A. presentó un recurso de objeción ante esta Contraloría el día 27 de junio del 2005.------------------------------------------------------------------------- IV.- POR CUANTO: Que la apertura de ofertas para la Licitación Pública 1-2005 se señaló para el día 22 de julio del 2005 (ver publicación en el expediente de objeción). De conformidad con lo que dispone el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 87 y 88 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso pero sí el de vencimiento. Además se cuentan solo los días hábiles y no se toman las fracciones ( Ver RSL Nº 1239-96 de 8:30 horas del 17 de octubre de 1996). Con fundamento en lo anterior, en el presente caso el primer tercio del plazo para objetar era de 11 días hábiles, razón por la cual ese primer tercio venció el 22 de junio del 2005. ...
Fecha publicación: 08/07/2005
Fecha emisión: 05/07/2005
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2005


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos FOE-EC-XXX 2 8 de junio, 2005 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Al contestar refiérase al oficio Nº 14299 8 de noviembre, 2005 FOE-EC-524 Máster Tatiana Mora Alpízar Directora General CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN Apartado 7-0390, San José Estimada señora: Asunto: Remisión del informe DFOE-EC-34/2005, sobre los resultados del estudio realizado en el CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN en relación con la verificación del cumplimiento de la normativa contenida en el Reglamento de aprobación de los documentos presupuestarios publicado en La Gaceta N° 177 del 16 de setiembre de 2003. Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 11 y 184 de la Constitución Política de la República, 11, 17, 18 y 19 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nº 7428, y otras leyes conexas, se procedió a la verificación del cumplimiento de la normativa contenida en el “Reglamento de Aprobación de los Documentos Presupuestarios de los Órganos, Unidades Ejecutoras, Fondos, Programas y Cuentas que administren recursos de manera independiente”, en relación con el presupuesto ordinario para el año 2005 del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. El estudio incluyó la verificación del cumplimiento, por parte del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, de la normativa emitida en dicho Reglamento y las disposiciones de las “Guías para la revisión de los documentos presupuestarios”, específicamente para el presupuesto ordinario del año 2005. Sobre el particular, se determinó que la aprobación interna del presupuesto para el año 2005, por la suma de ¢239.132.9 miles, se ajustó en sus aspectos sustanciales a la normativa dispuesta ...
Fecha publicación: 07/07/2005
Fecha emisión: 04/07/2005
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES
Año: 2005
Informe padre: DFOE-EC-34-2005


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos FOE-EC-XXX 2 8 de junio, 2005 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Al contestar refiérase al oficio Nº 14299 8 de noviembre, 2005 FOE-EC-524 Máster Tatiana Mora Alpízar Directora General CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN Apartado 7-0390, San José Estimada señora: Asunto: Remisión del informe DFOE-EC-34/2005, sobre los resultados del estudio realizado en el CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN en relación con la verificación del cumplimiento de la normativa contenida en el Reglamento de aprobación de los documentos presupuestarios publicado en La Gaceta N° 177 del 16 de setiembre de 2003. Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 11 y 184 de la Constitución Política de la República, 11, 17, 18 y 19 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nº 7428, y otras leyes conexas, se procedió a la verificación del cumplimiento de la normativa contenida en el “Reglamento de Aprobación de los Documentos Presupuestarios de los Órganos, Unidades Ejecutoras, Fondos, Programas y Cuentas que administren recursos de manera independiente”, en relación con el presupuesto ordinario para el año 2005 del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. El estudio incluyó la verificación del cumplimiento, por parte del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, de la normativa emitida en dicho Reglamento y las disposiciones de las “Guías para la revisión de los documentos presupuestarios”, específicamente para el presupuesto ordinario del año 2005. Sobre el particular, se determinó que la aprobación interna del presupuesto para el año 2005, por la suma de ¢239.132.9 miles, se ajustó en sus aspectos sustanciales a la normativa dispuesta ...
Fecha publicación: 07/07/2005
Fecha emisión: 04/07/2005
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: INFORMES DE FISCALIZACIONES
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES
Año: 2005
Informe padre: DFOE-EC-34-2005
Notas de remisión: 14299-2005


PAGE 2 R-DAGJ-373-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las quince horas del veintitrés de junio del dos mil cinco.-------------------------------------- Recursos de objeción interpuestos por Disexport Internacional S.A. y Purdy Motor Sociedad Anónima, en contra del cartel de la Licitación Pública 001-2005, promovida por el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes para la adquisición de siete vehículos con canje y una motocicleta.---------------------------------------- I.-POR CUANTO: Las firmas Disexport Internacional S.A. y Purdy Motor Sociedad Anónima interpusieron recursos de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública # 001-2005, para adquisición de siete vehículos con canje y una motocicleta.------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante autos de las 15:00 horas del 21 de junio y de las 8:30 horas del 22 de junio, ambos del dos mil cinco, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia fiel del cartel. III. POR CUANTO: La Administración Licitante respondió la audiencia el 22 de junio del 2005, a las 9:24 horas.--------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-SOBRE LA RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN .- En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administrac ...
Fecha publicación: 30/06/2005
Fecha emisión: 27/06/2005
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2005